Ciudad de México, 15 de mayo de 2024 (Agencias).- La mayoría de empresas estará realizando el Reparto de Utilidades 2024 en los próximos días, ya que la fecha límite está cerca, por lo que muchos trabajadores mexicanos se preguntan sobre qué meses corresponden al pago, pues la duda generalizada es si va de mayo a mayo o de enero a diciembre. Acá te explicamos qué dice la Ley Federal del Trabajo (LFT).
Si aún no recibes la Participación de los Trabajadores en las Utilidades (PTU), o si ya te hicieron el depósito y quedaste inconforme con el monto que te realizaron, la respuesta a esta pregunta te ayudará a entender mejor cuánto te toca de reparto en 2024.
Conoce la Fecha Límite del Pago de Utilidades 2024
¿Cuándo se pagan las utilidades?
El pago de utilidades para los trabajadores de empresas (personas morales) debe realizarse del 1 de abril hasta el 30 de mayo 2024, mientras que para los empleados que laboran para una persona física (patrón) el reparto se realiza del 1 de mayo hasta el 29 de junio 2024.
Esta prestación es un derecho constitucional en el cual las empresas o patrones deben repartir una parte de las ganancias que obtuvieron por las actividades, productos o servicios que ofrecen en el mercado. De esta manera, la PTU es irrenunciable y no puede sustituirse con ningún otro beneficio o prestación e incluso personas que ya no laboran en la empresa tienen derecho a recibirlas.
¿De qué meses se calculan las Utilidades 2024?
El cálculo del reparto se realiza a partir de las ganancias reportadas en la Declaración Anual ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT), que en este año corresponde al periodo fiscal del 1 de enero al 31 de diciembre de 2023, por lo que no es de mayo a mayo como se cree popularmente.
¿Quiénes Reciben y Hasta Cuándo es la Fecha Límite de la Entrega de Utilidades 2024?
De esta manera, de las ganancias que haya obtenido la empresa o patrón de enero a diciembre del año pasado se toma por lo menos el 10%, y esta cantidad se divide en dos partes iguales de la siguiente manera:
La primera se reparte por igual entre todos los trabajadores, tomando en consideración el número de días trabajados por cada uno en el año.
La segunda parte se repartirá en proporción al monto de los salarios devengados por el trabajo prestado durante el año. El sueldo que se considera es el de cuota diaria, excluyendo ingresos como tiempo extra, gratificaciones, primas o cualquier otro derivado de su trabajo. En caso de que el salario sea variable, se toma como cuota diaria el promedio correspondiente al total percibido durante el año. Información (Nmás y Multimedia)