SAT otorga prorrogas hasta el 2023 para que los contribuyentes cumplan
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El Servicio de Administración Tributaria interpuso prorrogas para que los contribuyentes puedan entregar a tiempo las documentaciones obligatorias.

El Servicio de Administración Tributaria(SAT) emitió una serie de prórrogas a fin de facilitar los procesos de actualización de datos en cuanto a la nueva factura digital y la E firma, que entró en vigor en este 2022, y cuyo proceso debió haber concluido este 30 de junio.

Ante la demanda de los contribuyentes por realizar dichos trámites obligatorios, la entrega se extendió hasta el 1 de enero de 2023, por lo que se deberá entregar la Constancia de Situación Fiscal en este plazo.

En tanto que para aquellos usuarios que se consideran parte del Régimen Simplificado de Confianza (RESICO), tendrán también un plazo extendido para tramitar su E.firma , de no hacerlo en tiempo y forma, corren el riesgo de ser eliminados del sistema.

Las siglas CFDI, se refiere al comprobante fiscal digital por internet, es decir la nueva forma de hacer documentos electrónicos que son válidos ante el SAT, y que requiere un certificado de sello digital del portal en línea de la dependencia, para firmar de manera electrónica documentos, los contribuyentes que utilizan la facturación digital pueden obtener beneficios de este nuevo material al recibir más seguridad, disminución de costos, optimización de controles internos entre otros, la factura cumple con requisitos legales que garantizan autenticidad y disminuye fraudes.

A través del servicio general gratuito, se puede generar este trámite, únicamente debes ingresar al portal oficial, en donde podrás generar facturas sin necesidad de contratar los servicios de un proveedor de certificación de factura, cabe señalar que  este servicio está dirigido principalmente a contribuyentes de regímenes como arrendamiento, actividad empresarial y profesional, entre otros con bajos volúmenes de emisión de facturas; sin embargo, no está limitado sólo a estos, es opcional para los contribuyentes del Régimen de Incorporación Fiscal.

Por Moderador

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